Escolar
actualización: 2010-12-01 19:40:42
REGLAMENTOS
DE LOS PRINCIPIOS Y FILOSOFÍA
Los fundamentos filosóficos y valores éticos que orientan los objetivos educacionales del Colegio, se nutren de los principios y valores del pensamiento humanista.
Entendemos la educación como un servicio a la vida de un niño o niña que se nos confía, para que con cariño y respeto por su individualidad, ayudemos a sacar lo mejor que hay en ellos, a desarrollar todas sus capacidades y potencialidades, cooperando así a que puedan ser felices, insertándose en la sociedad en el lugar que les permita realizar su vocación.
Favorecemos el trabajo interactivo y participativo de los alumnos, que involucra a las familias y a los educadores, estimulando positivamente a cada alumno e incentivando el apoyo familiar.
Nuestro Proyecto Educativo está elaborado sobre la base de las políticas del Ministerio de Educación, de acuerdo con los objetivos de la Sociedad Escolar, los y el reflejo de la historia del Colegio y sus tradiciones.
ARTÍCULO SEGUNDO
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
1- Para ser alumno del Colegio se requiere:
a) Que los Padres y/o Apoderados de los niños y jóvenes conozcan el Proyecto Educativo del Colegio y los reglamentos establecidos, y que se comprometan a trabajar conjuntamente con el Establecimiento en la formación de sus hijos, conforme al contenido de dichos documentos.
b) Que el postulante:
* Se comprometa con el Proyecto Educativo del Colegio y asuma el cumplimiento de los Reglamentos establecidos.
* Cumpla con los requisitos de edad y certificación de estudios previos, según corresponda.
* Participe en las actividades de admisión establecidas por el colegio.
c) Que el sostenedor del alumno/a cumpla con las obligaciones pecuniarias establecidas y aceptadas en la matrícula del alumno.
2- Un alumno/a deja de pertenecer al Colegio :
a) Por retiro voluntario efectuado por su apoderado.
b) Por repetir dos veces en su proceso escolar.
c) Por repetir un curso, cuando no hayan matrículas disponibles en el respectivo curso.
d) Por determinación del Consejo Resolutivo.
e) Por incumplimiento de los deberes y obligaciones del apoderado (Artículo Décimo), entendiéndose por tal el no pago de la matricula o mensualidades, como también por la falta manifiesta de cooperación y respeto de las normas establecidas por el colegio.
f) El Colegio está obligado a denunciar a las autoridades correspondientes, todos los hechos o acciones que pudieran significar un delito, que ocurran dentro o fuera del establecimiento. La responsabilidad de determinar si el hecho corresponde a un delito o una falta, le corresponde al Ministerio Público.
NORMAS DE SEGURIDAD